El accidente del buque Ever Given en el Canal de Suez, una catástrofe económica con estimaciones de pérdidas de 400 millones de dólares a la hora, según Lloyd´s List
La Escuela de Negocios de Seguros, analiza las consecuencias en el sector asegurador del barco encallado en el Canal de Suez, una zona por la que transita más del 10% del comercio mundial y que tiene un flujo de unos 10.000 millones de dólares diarios.
Con más de 200 barcos paralizados y el retraso y deterioro de sus mercancías, se trata de un incidente que tiene todas las posibilidades de convertirse en una catástrofe económica de dimensiones por el momento, incalculables.
Ya hay entidades como Lloyd’s List que estiman unas pérdidas de 400 millones de dólares a la hora.
Alcance de las reclamaciones
Se esperan cuantiosas reclamaciones de los afectados, entre los que se encuentran: en primer lugar, del gobierno egipcio, que obtiene unos 800.000 dólares diarios en peajes por la explotación del canal.
Los propietarios de la mercancía transportada por el Ever Given, con la probabilidad de que parte del cargamento se vea deteriorado y con retrasos importantes en la entrega.
El resto de buques afectados por el bloqueo del canal podrían sufrir daños en sus mercancías e importantes retrasos.
Además de las reclamaciones por los posibles daños que sufra el casco del barco varado e incluso las infraestructuras del Canal, así como la operación de salvamento, que también correría a cargo de la aseguradora de cascos y maquinaría.
Quién asumirá el coste del accidente
Por el momento, la empresa propietaria del buque, la firma japonesa Shoei Kisen KK, no ha facilitado información y solo se sabe que el buque está asegurado en una compañía que opera en el mercado japonés. Por otra parte, la operadora, una empresa tailandesa, Evergreen Marine Corp., tampoco ha facilitado información sobre sus pólizas de seguros.
Posibles implicaciones del accidente
En su análisis, CECAS también incluye, de manera teórica, porque se desconoce toda la información relativa a las pólizas y sus coberturas, las posibles implicaciones del accidente.
- En cuanto al seguro de cascos, la solicitud de extornos por paralización o inactividad (cl. 22 ITCH y 23 IFVC), por períodos completos de 30 días en su caso, si el buque en concreto tuviese que permanecer atracado en puerto o fondeado a consecuencia de la falta de actividad.
- La cobertura de huelgas y/o retrasos ampara, bajo previa aplicación de una franquicia, la indemnización neta de un capital diario pactado previamente y hasta el límite indicado en póliza, siempre que el buque se encontrase obteniendo ingresos bajo contrato.
- La RC del fletador, que cubre las responsabilidades que se puedan contraer respecto al armador del propio buque, o terceros.
- La póliza de RC Fletador podría abordar la mayoría de los supuestos en los que existiese realmente responsabilidad del fletador y, en cualquier caso, serviría de defensa frente a las reclamaciones recibidas.
- En el seguro de mercancías, los daños por demoras o paralizaciones forman parte de las exclusiones habituales de este tipo de pólizas.
- La RC marítima para indicar que la RC frente a la carga incluye normalmente los retrasos en la entrega. Es una póliza fundamental en este asunto, ya que sus coberturas habituales son:
- Responsabilidad frente a terceros
- Responsabilidad relacionada con la carga (consecuencias económicas de la responsabilidad civil que se puedan derivar de pérdida o daños a la carga, retrasos en la entrega, errores en el envío, etc.).
- Errores u omisiones y responsabilidad frente a autoridades
- Remoción de restos
- Gastos de defensa
Fuente: mediadores.info